Escrito por Administración de Fincas Galata 28-11-2014
NOVEDADES LEGISLATIVAS EN MATERIA DE CONTABILIZACIÓN DE CONSUMOS PARA INSTALACIONES CENTRALES DE CALEFACCIÓN, REFRIGERACIÓN O AGUA CALIENTE EN EDIFICIOS:
En este tema hay que diferenciar dos situaciones:
En España el R.D-Ley 8/2014 hace la transposición de lo contenido en dicha directiva comunitaria.
Por tanto en este tipo de edificios se instalarán contadores de consumo individuales (o soluciones alternativas siempre que sea económica y/o técnicamente viable) antes del 1 de enero de 2017. En caso de no cumplir con esta obligación será considerado como una infracción grave y la sanción aplicable ascenderá a una multa entre 1.001 y 10.000 €.